A raíz de la aparición del R.D.L. 8/2015 que modificaba el Texto Refundido de la Seguridad Social su articulado forzaron infinidad de consultas de trabajadores y delegados que se les hacia dificultoso encontrar que articulo y/o normativa de referencia necesitaban consultar, por lo que se decidió editar de forma actualizada todo lo que hace referencia a la utilidad básica de la Incapacidad Temporal tanto si es por contingencia común como si es por contingencia profesional y que agentes son los que pueden intervenir, entidad gestora (INSS/ISM), entidad colaboradora (Mutua colaboradora con la Seguridad Social o Empresas autoaseguradoras).
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